Discriminación por discapacidad en mi espacio de trabajo. ¿Puedo tomar acciones legales contra los responsables?

Las personas con discapacidad pertenecen a una de las clases protegidas por las leyes federales y estatales contra la discriminación laboral. Cualquier persona que  por alguna discapacidad crea que ha sido víctima de discriminación en contra de su empleo y reúna los requisitos legales puede presentar una queja ante la Comisión de Fuerza Laboral de Texas y la División de Derechos Civiles. Estas instancias trabajan en conjunto con la Comisión Federal de Igualdad de Oportunidades de Empleo (EEOC) en la resolución de estos casos.

Discriminación y Hostigamiento

Dentro de los derechos de los empleados en Texas establecidos en su Código Laboral y la Ley de Americanos con Discapacidad está el de prohibir la discriminación u hostigamiento por parte de los empleadores privados, gobiernos estatales y locales, agencias de empleos y los sindicatos de trabajadores a las personas cualificadas con discapacidad en cualquier tipo de transacción laboral.

¿Qué se entiende por discapacidad?

De acuerdo a las leyes ya mencionadas, una persona con discapacidad es aquella que:

·         Tiene una discapacidad física o mental que limita sustancialmente una o más actividades de su diario vivir.

·         Tiene un historial de discapacidad.

·         Es considerado o atendido como una persona con tal discapacidad.

En el mismo sentido, un empleado o solicitante de empleo cualificado con una discapacidad es un individuo que con o sin acomodo razonable puede realizar las funciones esenciales de su trabajo. Un acomodo razonable puede ser una acción como un arreglo de las instalaciones o un cambio de horario o tarea, que le permita realizar las funciones requeridas por su trabajo.

¿Cómo presentar una queja?

Se deben seguir los siguientes pasos:

1.       Presentar el Formulario de Queja por Discriminación de Empleo, en los 180 días subsiguientes al acto de discriminación.

2.      Proceso de investigación, para desestimar la queja o emitir el cargo de discriminación.

3.       Mediación, voluntaria y opcional.4.       Una resolución. De no proceder la mediación, sobre la base de las leyes y de las evidencias presentadas, se determina sí hay o no discriminación.