Con muy pocas excepciones, en el Estado de Texas los trabajadores indocumentados tienen los mismos derechos fundamentales que el resto de los trabajadores. En tal sentido y sin importar su condición migratoria, las leyes federales y estatales les otorgan derecho a:
- Recibir el pago correcto y oportuno del salario mínimo o más, bonos y comisiones en la moneda de curso legal de los Estados Unidos sin deducciones no autorizadas por el trabajador.
- Recibir pago extra cuando trabajen más de 8 horas diarias o más de 40 horas semanales. Las horas extras equivalen a 1 ½ del salario mínimo.
- Trabajar en ambientes sanos, seguros y libres de peligros que puedan causar lesiones o enfermedades.
- No ser sometidos a prácticas laborales injustas, acoso sexual laboral, u otro tipo de discriminación laboral.
- Tener compensación al trabajador (si su empleador tiene este seguro) cuando se lastimen por un accidente o enfermedad laboral y derecho a recibir tratamiento médico.
- Participar o no en actividades sindicales y negociar colectivamente con los empleadores.
- Demandar y exigir pago por responsabilidades contractuales y no contractuales. Y a no recibir represalias.
- No ser sometidos a procesos legales migratorios, y a que no se evidencie su estado migratorio durante un conflicto laboral.
- Sí es un trabajador agrícola migratorio o estacional, tiene derecho a tener información por escrito del pago y las condiciones laborales, a un lugar de trabajo seguro, transporte y vivienda seguro en caso de que el empleador lo proporcione.
Como mencionamos al inicio, existen restricciones en los derechos laborales de los trabajadores indocumentados. Estas restricciones ayudan a determinar si presentar un reclamo legal contra su empleador tiene posibilidades de éxito. Por tanto se requiere de una reflexión cuidadosa y el consejo de un abogado con conocimientos en materia laboral y migratoria.
Por ejemplo, los trabajadores indocumentados que son despedidos ilegalmente no pueden ser reincorporados porque la ley está diseñada para evitar la contratación de inmigrantes indocumentados. Tampoco son elegibles para recibir pago retroactivo, sólo pueden reclamar el pago por el trabajo ya realizado, igualmente no califican para tener beneficios por desempleo.